13 Sep CAMBIO BASE COTIZACION AUTONOMOS
Les comunicamos que, ANTES del 1 de NOVIEMBRE, tienen la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de TrabajadoresAutónomosy la cuota a pagar, dentro de los límites permitidos según su edad.
Esta modificación tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2018.
Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes a partir 01-07-2017):
Base de cotización
€/mes
Tipo de Cotización
contingencias comunes
cobertura IT
Cuota a pagar
€/mes
919,80
– mínima a partir 01-07-2017 –
29,90 % *
275,02
992,10
mínima para trabajadores de 48 o más a 01-07-2017, salvo excepciones
29,90 %
296.64
1.000
29,90 %
299
1.202
29,90 %
359,40
2.023,50
máxima para trabajadores de 47, 48 años o más, salvo excepciones
29,90 %
605,03
3.751,20
– máxima en 2017 –
29,90 %
1.121,61
*29,90 % = 29,80 % + 0,1 % (para los autónomos sin protección por contingencias derivadas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad)
Asimismo, les recordamos, que la Tesorería General de la SS podrá incrementar,anualmente y deforma automática, su base de cotización en el mismo porcentaje en que se aumenten cada año las bases máximas de cotización en este Régimen Especial, con el límite del tope máximo aplicable, previa solicitud antes del día 1 de noviembre.
Aprovechamos para avanzarles, que la proposición de Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo, en fase de tramitación en el Senado, tiene previsto aumentar de 2 a 4 el número de veces al año que los autónomos podrán cambiar de base de cotización. Pero esta medida no entrará en vigor hasta el 1 de enero de 2018.
También les informamos que pueden optar por la cobertura de las contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional) y de la protección por cese de actividad antes del 1 de octubre.
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